Código de Ejecución Penal
Reglamento · Artículo 151: Texto legal
Ver todos los artículosLos grupos religiosos que obtengan permiso de ingreso al establecimiento penitenciario se sujetarán a las reglas de seguridad y normas internas del mismo.
Los grupos religiosos que reciban permiso para ingresar a un establecimiento penitenciario deben cumplir las reglas de seguridad y las normas internas del lugar. El permiso no los exime de respetar esas disposiciones.
El grupo religioso de Rosa obtiene permiso para visitar una prisión y debe seguir sus controles de seguridad y normas internas.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
MiCódigo.pe