Código de Ejecución Penal
Reglamento · Artículo 14: Texto legal
Ver todos los artículosLos datos de carácter personal de los internos que hayan sido recabados para determinar su tratamiento penitenciario, podrán ser entregados al interno o podrán ser difundidos a otras personas con su consentimiento expreso y por escrito. Se resguardará la identidad del funcionario que suscribió el documento; el Instituto Nacional Penitenciario asume la responsabilidad. Todo interno podrá solicitar al Poder Judicial o a la Administración Penitenciaria, según sea el caso, la rectificación o aclaración de sus datos de carácter personal contenidos en los archivos y ficheros penitenciarios que resulten inexactos o incompletos. Se informará de la decisión al interesado en un plazo de veinte días hábiles de presentada la solicitud.
Los datos personales usados para definir el tratamiento penitenciario pueden entregarse al interno, pero solo pueden difundirse a otras personas con su consentimiento expreso y escrito. El interno puede pedir al Poder Judicial o a la Administración Penitenciaria que corrija o aclare datos inexactos o incompletos, y debe recibir una respuesta en 20 días hábiles.
Luis advierte un dato incorrecto en su expediente penitenciario, solicita corregirlo a la Administración Penitenciaria y recibe su decisión dentro de 20 días hábiles.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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