Código de Ejecución Penal
Reglamento · Artículo 121: Texto legal
Ver todos los artículosAl concluir los ciclos de enseñanza y capacitación, según el programa curricular, los internos recibirán el certificado que corresponda, con la sola mención de la Unidad de Servicios Educativos de la jurisdicción, prescindiéndose de toda referencia al establecimiento penitenciario.
Al terminar los ciclos de enseñanza y capacitación previstos en el programa curricular, los internos recibirán el certificado correspondiente. El certificado solo mencionará a la Unidad de Servicios Educativos de la jurisdicción y no hará referencia al establecimiento penitenciario.
Al terminar su curso, José recibe un certificado que menciona la Unidad de Servicios Educativos, sin indicar que estudió en un penal.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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