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Código de Ejecución Penal

Reglamento · Artículo 108: Texto legal

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Texto literal del artículo

El Instituto Nacional Penitenciario a través de la Oficina General de Tratamiento, dirige, organiza y supervisa la producción y comercialización de bienes y prestación de servicios de los internos en los establecimientos penitenciarios a nivel nacional. Las entidades que organicen las mismas actividades deberán contar con la aprobación del INPE.

Resumen breve

El INPE, mediante la Oficina General de Tratamiento, dirige, organiza y supervisa la producción, comercialización de bienes y prestación de servicios que realizan los internos en los penales del país. Cualquier entidad que quiera organizar esas actividades debe obtener la aprobación del INPE.

Ejemplo cotidiano

Textiles Andinos no puede organizar un taller de confecciones con internos del penal de Lurigancho sin la aprobación del INPE, canalizada por su Oficina General de Tratamiento.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.