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Código de Ejecución Penal

Artículo 72: Categorías de Clasificación del interno

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Texto literal del artículo

La clasificación del interno es continua, de acuerdo a su conducta y en las siguientes categorías: 1.- Fácilmente readaptable; y, 2.- Difícilmente readaptable. (Texto según el artículo 64 del Decreto Legislativo N° 654)

Resumen breve

La clasificación del interno se realiza de manera continua, según su conducta. Solo puede ubicarse en una de dos categorías: fácilmente readaptable o difícilmente readaptable.

Ejemplo cotidiano

A José lo clasifican continuamente según su conducta como fácilmente readaptable o difícilmente readaptable.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.