MiCódigo.peBuscar otra norma

Código de Ejecución Penal

Artículo 50: Redención de pena por estudio

Ver todos los artículos
Texto literal del artículo

50.1 El interno ubicado en la etapa de mínima y mediana seguridad del régimen cerrado ordinario redime la pena mediante la educación a razón de un día de pena por un día de estudio, aprobando previamente la evaluación periódica de los estudios. (*) Numeral modificado por el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1585, publicado el 22 de noviembre de 2023 (artículo 44 en el Decreto Legislativo Nº 654). 50.2 En el caso de encontrarse en la etapa de máxima seguridad del régimen cerrado ordinario, la redención será a razón de un día de pena por cuatro días de estudio, aprobando previamente la evaluación periódica de los estudios. 50.3 En caso de encontrarse en la etapa C del régimen cerrado especial, la redención será a razón de un día de pena por cinco días de estudio, aprobando previamente la evaluación periódica de los estudios. 50.4 En caso de encontrarse en la etapa B del régimen cerrado especial, la redención será a razón de un día de pena por seis días de estudio, aprobando previamente la evaluación periódica de los estudios. 50.5 En caso de encontrarse en la etapa A del régimen cerrado especial, la redención será a razón de un día de pena por siete días de estudio, aprobando previamente la evaluación periódica de los estudios. (Texto según el artículo 45 del Decreto Legislativo N° 654, modificado según el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1296)

Resumen breve

Un interno puede reducir su pena mediante estudios, siempre que apruebe previamente las evaluaciones periódicas. La equivalencia depende de su etapa: en mínima o mediana seguridad del régimen cerrado ordinario, un día de estudio redime un día de pena; en máxima seguridad, cuatro; y en las etapas C, B y A del régimen especial, cinco, seis y siete días, respectivamente.

Ejemplo cotidiano

Luis, ubicado en máxima seguridad, estudia cuatro días y aprueba la evaluación periódica, por lo que redime un día de pena.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.