Código de Ejecución Penal
Artículo 26: Falta disciplinaria
Ver todos los artículosIncurre en falta disciplinaria el interno que infringe las disposiciones establecidas en este Capítulo. (Texto según el artículo 23 del Decreto Legislativo N° 654)
El interno comete una falta disciplinaria cuando incumple cualquiera de las disposiciones establecidas en este capítulo. La regla se aplica por el solo hecho de infringir esas disposiciones.
Carlos, interno de un establecimiento penitenciario, incumple una disposición del capítulo y su conducta se considera una falta disciplinaria.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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