Código de Ejecución Penal
Artículo 20: Alimentación
Ver todos los artículosLa Administración Penitenciaria proporciona al interno la alimentación preparada que cumpla con las normas dietéticas y de higiene establecidas por la autoridad de salud. (Texto según el artículo 17 del Decreto Legislativo N° 654)
La Administración Penitenciaria debe entregar a cada interno alimentos preparados que cumplan las normas de dieta e higiene establecidas por la autoridad de salud. Estas condiciones buscan asegurar que la comida proporcionada sea adecuada y segura.
A Pedro, interno de un penal, la Administración le entrega alimentos preparados conforme a las reglas de higiene y dieta fijadas por la autoridad de salud.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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