Código de Ejecución Penal
Artículo 145: Derechos y obligaciones del personal penitenciario
Ver todos los artículosEl personal penitenciario está sujeto, en cuanto a sus derechos y obligaciones, a lo que establece el presente Código y el Reglamento de Organización y Funciones. (Texto según el artículo 131 del Decreto Legislativo N° 654)
El personal penitenciario debe ejercer sus derechos y cumplir sus obligaciones conforme a este Código y al Reglamento de Organización y Funciones. Estas normas establecen las reglas aplicables a su trabajo.
Rosa, agente penitenciaria del INPE, tramita su licencia y cumple su turno conforme a las reglas del Código de Ejecución Penal y el Reglamento de Organización y Funciones.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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