Código de Ejecución Penal
Artículo 146: Organización y régimen laboral
Ver todos los artículosEl personal penitenciario se organiza jerárquicamente y está sujeto a un régimen laboral y de remuneración especiales. (Texto según el artículo 132 del Decreto Legislativo N° 654)
El personal penitenciario debe organizarse siguiendo una estructura jerárquica, es decir, con distintos niveles de autoridad. Además, trabaja bajo reglas laborales y de remuneración (pago) especiales.
En un establecimiento del INPE, el agente Carlos Huamán cumple la orden de su jefe de seguridad y cobra según el régimen especial del personal penitenciario.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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