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Código de Ejecución Penal

Artículo 134: Aptitudes del penado y lugar de la ejecución

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Texto literal del artículo

134.1 Para asignar los servicios, se tiene en cuenta las aptitudes, ocupación u oficio, edad y estado de salud del penado. 134.2 La prestación de servicios se realiza, preferentemente, en el lugar del domicilio del penado. (Texto según el artículo 120 del Decreto Legislativo N° 654)

Resumen breve

Al asignar los servicios, deben considerarse las aptitudes, ocupación u oficio, edad y estado de salud del penado. La prestación debe realizarse preferentemente cerca de su domicilio.

Ejemplo cotidiano

A José, por su oficio de carpintero y su salud, le asignan servicios en un centro cercano a su domicilio en Arequipa.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.