Código de Ejecución Penal
Artículo 114: Establecimientos Especiales
Ver todos los artículosLos Establecimientos Especiales son aquellos en los que prevalece el carácter asistencial y comprenden: 1.- Centros hospitalarios. 2.- Centros psiquiátricos. 3.- Centros geriátricos. 4.- Centros para madres con hijos, los mismos que cuentan con un local para guardería infantil. 5.- Centros para la ejecución de las medidas de seguridad determinadas por el Código Penal. (Texto según el artículo 104 del Decreto Legislativo N° 654)
Los establecimientos especiales son centros donde predomina la atención asistencial. Incluyen hospitales, centros psiquiátricos, geriátricos, centros para madres con hijos —con guardería infantil— y centros destinados a ejecutar medidas de seguridad del Código Penal.
En un establecimiento para madres con hijos, Rosa encuentra una guardería infantil dentro del mismo local.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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