Código de Ejecución Penal
Artículo 100: Asesoramiento en la tramitación de beneficios penitenciarios
Ver todos los artículosLa asistencia legal presta asesoramiento y ayuda al interno sentenciado en la organización y tramitación de los expedientes para la obtención de beneficios penitenciarios. (Texto según el artículo 90 del Decreto Legislativo N° 654)
La asistencia legal debe orientar y ayudar a la persona sentenciada que está internada a organizar y tramitar su expediente para solicitar beneficios penitenciarios. El artículo no fija plazos ni indica quién decide la concesión del beneficio.
Juan, interno sentenciado, recibe ayuda de la asistencia legal para ordenar y tramitar su expediente de beneficio penitenciario.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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