Código Civil
Artículo 999: Noción de Usufructo
Ver todos los artículosEl usufructo confiere las facultades de usar y disfrutar temporalmente de un bien ajeno. Pueden excluirse del usufructo determinados provechos y utilidades. El usufructo puede recaer sobre toda clase de bienes no consumibles, salvo lo dispuesto en los artículos 1018 a 1020.
El usufructo permite usar y disfrutar temporalmente un bien que pertenece a otra persona. Las partes pueden excluir ciertos beneficios o utilidades, y solo puede recaer sobre bienes no consumibles, salvo las reglas especiales de los artículos 1018 a 1020.
Rosa permite a Carlos vivir temporalmente en su casa y usarla, pero acuerdan excluir el uso del garaje.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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