Código Civil
Artículo 998: Cargas de la medianería
Ver todos los artículosLos colindantes deben contribuir a prorrata para la conservación, reparación o reconstrucción de la pared medianera, a no ser que renuncien a la medianería, hagan o no uso de ella. Usufructo Disposiciones Generales
Los propietarios colindantes deben contribuir proporcionalmente a conservar, reparar o reconstruir la pared medianera (compartida). Pueden liberarse de ese deber si renuncian a la medianería, aunque usen o no la pared.
Juan y Rosa comparten una pared medianera y deben aportar proporcionalmente para repararla, salvo que alguno renuncie a la medianería.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
MiCódigo.pe