Código Civil
Artículo 983: Noción de partición
Ver todos los artículosPor la partición permutan los copropietarios, cediendo cada uno el derecho que tiene sobre los bienes que no se le adjudiquen, a cambio del derecho que le ceden en los que se le adjudican.
La partición funciona como un intercambio entre copropietarios: cada uno cede el derecho que tiene sobre los bienes que no recibe. A cambio, obtiene el derecho que los demás le ceden sobre los bienes que sí se le adjudican.
Rosa y Luis copropietarios de una casa y un terreno, adjudican la casa a Rosa y el terreno a Luis, intercambiando sus derechos sobre ambos bienes.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
MiCódigo.pe