Código Civil
Artículo 954: Extensión del derecho de propiedad
Ver todos los artículosLa propiedad del predio se extiende al subsuelo y al sobresuelo, comprendidos dentro de los planos verticales del perímetro superficial y hasta donde sea útil al propietario el ejercicio de su derecho. La propiedad del subsuelo no comprende los recursos naturales, los yacimientos y restos arqueológicos, ni otros bienes regidos por leyes especiales.
La propiedad de un terreno incluye el subsuelo y el espacio sobre él, dentro de los límites verticales del terreno y hasta donde sea útil para que el propietario ejerza su derecho. No incluye recursos naturales, yacimientos, restos arqueológicos ni otros bienes regulados por leyes especiales.
Rosa puede aprovechar el espacio sobre su terreno, pero no puede considerar de su propiedad un yacimiento o restos arqueológicos encontrados allí.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
MiCódigo.pe