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Código Civil

Artículo 932: Hallazgo de objetos perdidos

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Texto literal del artículo

Quien halle un objeto perdido está obligado a entregarlo a la autoridad municipal, la cual comunicará el hallazgo mediante anuncio público. Si transcurren tres meses y nadie lo reclama, se venderá en pública subasta y el producto se distribuirá por mitades entre la Municipalidad y quien lo encontró, previa deducción de los gastos.

Resumen breve

Quien encuentra un objeto perdido debe entregarlo a la autoridad municipal, que anunciará públicamente el hallazgo. Si nadie lo reclama durante tres meses, la Municipalidad lo venderá en subasta pública y repartirá el dinero por mitades entre ella y quien lo encontró, descontando antes los gastos.

Ejemplo cotidiano

Juan encuentra un celular en una plaza, lo entrega a la Municipalidad y, si nadie lo reclama en tres meses, recibe la mitad del dinero obtenido en la subasta, descontados los gastos.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.