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Código Civil

Artículo 819: Sucesión por cabeza y por estirpe

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Texto literal del artículo

La misma igualdad de derechos rige la sucesión de los demás descendientes. Estos heredan a sus ascendientes por cabeza, si concurren solos, y por estirpe, cuando concurren con hijos del causante. Sucesión de los Ascendientes

Resumen breve

Los demás descendientes heredan por cabeza (partes iguales entre personas) cuando concurren solos. Si concurren junto con hijos del fallecido, heredan por estirpe (por rama familiar).

Ejemplo cotidiano

Al morir Pedro, sus nietos Ana y José heredan por cabeza si están solos; si concurre su hijo Luis, heredan por estirpe.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.