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Código Civil

Artículo 779: Formalidad del nombramiento

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Texto literal del artículo

El nombramiento de albacea debe constar en testamento.

Resumen breve

Para nombrar a un albacea, la designación debe figurar en un testamento. Un nombramiento hecho fuera de ese documento no cumple la formalidad exigida por este artículo.

Ejemplo cotidiano

Rosa designa a Luis como albacea dentro de su testamento.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.