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Código Civil

Artículo 778: Nombramiento de albacea

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Texto literal del artículo

El testador puede encomendar a una o varias personas, a quienes se denomina albaceas o ejecutores testamentarios, el cumplimiento de sus disposiciones de última voluntad.

Resumen breve

La persona que hace un testamento puede encargar a una o varias personas que cumplan sus disposiciones de última voluntad. A esas personas se les llama albaceas o ejecutores testamentarios.

Ejemplo cotidiano

En su testamento, Rosa encarga a sus hijos José y Ana cumplir sus últimas disposiciones como albaceas.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.