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Código Civil

Artículo 739: Remanente que corresponde a herederos legales

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Texto literal del artículo

Si el testador que carece de herederos forzosos no ha instituido herederos voluntarios y dispone en legados de sólo parte de sus bienes, el remanente que hubiere corresponde a sus herederos legales.

Resumen breve

Cuando una persona sin herederos forzosos no nombra herederos voluntarios y deja bienes en legados solo parcialmente, los bienes restantes corresponden a sus herederos legales (llamados por ley).

Ejemplo cotidiano

Rosa, sin herederos forzosos ni voluntarios, lega su casa a Luis; el dinero restante corresponde a sus herederos legales.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.