Código Civil
Artículo 739: Remanente que corresponde a herederos legales
Ver todos los artículosSi el testador que carece de herederos forzosos no ha instituido herederos voluntarios y dispone en legados de sólo parte de sus bienes, el remanente que hubiere corresponde a sus herederos legales.
Cuando una persona sin herederos forzosos no nombra herederos voluntarios y deja bienes en legados solo parcialmente, los bienes restantes corresponden a sus herederos legales (llamados por ley).
Rosa, sin herederos forzosos ni voluntarios, lega su casa a Luis; el dinero restante corresponde a sus herederos legales.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
MiCódigo.pe