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Código Civil

Artículo 729: Legítima de heredero forzoso

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Texto literal del artículo

La legítima de cada uno de los herederos forzosos es una cuota igual a la que les corresponde en la sucesión intestada, cuyas disposiciones rigen, asimismo, su concurrencia, participación o exclusión.

Resumen breve

Cada heredero forzoso recibe como legítima una cuota igual a la que obtendría en una sucesión intestada (sin testamento). Las reglas de esa sucesión también determinan qué herederos concurren, cuánto participa cada uno o quién queda excluido.

Ejemplo cotidiano

Al morir José sin testamento, la legítima de sus hijos Ana y Luis se calcula según las cuotas que les corresponderían en una sucesión intestada.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.