Código Civil
Artículo 708: Juez
Ver todos los artículosLa persona que conserve en su poder un testamento ológrafo, está obligada a presentarlo al juez competente dentro de los treinta días de tener conocimiento de la muerte del testador, bajo responsabilidad por el perjuicio que ocasione con su dilación, y no obstante lo dispuesto en la parte final del artículo 707.
Quien tenga un testamento ológrafo (escrito íntegramente a mano por el testador) debe entregarlo al juez competente dentro de los 30 días de enterarse de la muerte del testador. Si se demora y causa perjuicio, responde por ese daño.
Rosa encuentra el testamento ológrafo de Luis y, al saber que falleció, debe presentarlo al juez competente dentro de 30 días.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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