Código Civil
Artículo 691: Tipos de testamento
Ver todos los artículosLos testamentos ordinarios son: el otorgado en escritura pública, el cerrado y el ológrafo. Los testamentos especiales, permitidos sólo en las circunstancias previstas en este título, son el militar y el marítimo.
La ley reconoce tres testamentos ordinarios: por escritura pública, cerrado y ológrafo (escrito y firmado por el testador). También permite testamentos especiales, únicamente en las circunstancias previstas en este título: el militar y el marítimo.
Rosa puede hacer un testamento ológrafo, mientras que un militar o una persona en viaje marítimo podría usar un testamento especial cuando corresponda.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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