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Código Civil

Artículo 674: Renuncia a herencia y legado

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Texto literal del artículo

Pueden renunciar herencias y legados quienes tienen la libre disposición de sus bienes.

Resumen breve

Una persona puede renunciar a una herencia o a un legado únicamente cuando tiene libre disposición de sus bienes, es decir, capacidad para decidir sobre ellos. El artículo no establece otros requisitos ni consecuencias.

Ejemplo cotidiano

Rosa, que puede disponer libremente de sus bienes, renuncia a la herencia que le dejó su padre.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.