Código Civil
Artículo 660: Trasmisión sucesoria de pleno derecho
Ver todos los artículosDesde el momento de la muerte de una persona, los bienes, derechos y obligaciones que constituyen la herencia se trasmiten a sus sucesores.
Desde el momento en que una persona muere, sus bienes, derechos y obligaciones que forman la herencia pasan automáticamente a sus sucesores. No es necesario esperar un trámite para que ocurra esa transmisión.
Al morir Rosa, sus sucesores adquieren desde ese momento los bienes, derechos y obligaciones que integran su herencia.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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