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Código Civil

Artículo 658: Cese del Consejo de Familia

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Texto literal del artículo

El consejo de familia cesa en los mismos casos en que acaba la tutela o la curatela.

Resumen breve

El consejo de familia deja de funcionar cuando termina la tutela o la curatela. Por tanto, su cese depende de que finalice cualquiera de esas dos instituciones.

Ejemplo cotidiano

Cuando Lucía cumplió dieciocho años y terminó su tutela, el consejo de familia dejó de funcionar automáticamente.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.