Código Civil
Artículo 636: Citación a miembros del Consejo
Ver todos los artículosInstalado el consejo, sus miembros serán citados por esquela, cada vez que sea necesario.
Una vez instalado el consejo, sus miembros deben recibir una esquela (aviso escrito formal) cada vez que sea necesario convocarlos. La obligación de realizar estas citaciones corresponde a quien organice el funcionamiento del consejo.
Tras instalarse el Consejo de Familia de Ana, su presidenta envía esquelas a María y Luis para convocarlos a cada reunión necesaria.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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