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Código Civil

Artículo 631: Facultades de superiores sobre expósitos y huérfanos

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Texto literal del artículo

Los superiores de establecimientos de expósitos y huérfanos tienen sobre estos todas las facultades que corresponden al consejo.

Resumen breve

Los superiores de los establecimientos que atienden a expósitos y huérfanos tienen, respecto de ellos, todas las facultades atribuidas al consejo.

Ejemplo cotidiano

La directora del Hogar Santa Rosa autoriza el traslado de Ana, huérfana residente, ejerciendo las facultades que corresponderían al consejo.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.