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Código Civil

Artículo 585: Incapacidad por mala gestión

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Texto literal del artículo

Restricción de capacidad por mala gestión “Puede ser restringida en su capacidad de ejercicio por mala gestión la persona que por esta causa ha perdido más de la mitad de sus bienes, teniendo cónyuge o herederos forzosos.” (*) Párrafo modificado por el artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1384, publicado el 04 de septiembre de 2018. Queda al prudente arbitrio del juez apreciar la mala gestión.

Resumen breve

El juez puede limitar la capacidad de una persona que, por mala gestión, haya perdido más de la mitad de sus bienes y tenga cónyuge o herederos forzosos. También le corresponde decidir, según su criterio, si realmente existió mala gestión.

Ejemplo cotidiano

Jorge pierde el 60% de sus bienes por administrar mal su patrimonio y tiene esposa; un juez evaluará si corresponde restringir su capacidad.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.