MiCódigo.peBuscar otra norma

Código Civil

Artículo 538: Actos prohibidos a los tutores

Ver todos los artículos
Texto literal del artículo

Se prohíbe a los tutores: 1.- Comprar o tomar en arrendamiento los bienes del menor. 2.- Adquirir cualquier derecho o acción contra el menor. 3.- Disponer de los bienes del menor a título gratuito. 4.- Arrendar por más de tres años los bienes del menor.

Resumen breve

El tutor no puede comprar ni arrendar los bienes del menor, adquirir contra él derechos o acciones, ni regalar sus bienes. Tampoco puede arrendarlos por más de tres años.

Ejemplo cotidiano

El tutor de Luis no puede comprar su bicicleta, regalarla ni alquilarla por cuatro años.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.