MiCódigo.peBuscar otra norma

Código Civil

Artículo 53: Inscripción de la declaración judicial de ausencia

Ver todos los artículos
Texto literal del artículo

La declaración judicial de ausencia debe ser inscrita en el registro de mandatos y poderes para extinguir los otorgados por el ausente.

Resumen breve

La declaración judicial de ausencia debe inscribirse en el Registro de Mandatos y Poderes. Al realizarse esa inscripción, se extinguen los mandatos y poderes que la persona ausente había otorgado.

Ejemplo cotidiano

Tras declararse ausente a José, su declaración se inscribe y quedan extinguidos los poderes que había otorgado.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.