Código Civil
Artículo 529: Obligación de administrar con diligencia
Ver todos los artículosEl tutor está obligado a administrar los bienes del menor con la diligencia ordinaria. (*) Rectificado por Fe de Erratas publicada el 7 de setiembre de 1984.
El tutor debe administrar los bienes del menor con diligencia ordinaria, es decir, con el cuidado habitual que razonablemente se espera en esa tarea. La regla exige que actúe con cuidado al manejar y proteger esos bienes.
Rosa, tutora de Luis, conserva y administra cuidadosamente los ahorros que él heredó.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
MiCódigo.pe