MiCódigo.peBuscar otra norma

Código Civil

Artículo 528: Capacidad del pupilo bajo tutela

Ver todos los artículos
Texto literal del artículo

La capacidad del menor bajo tutela es la misma que la del menor sometido a la patria potestad.

Resumen breve

El menor sometido a tutela tiene la misma capacidad legal que un menor bajo patria potestad. La tutela no cambia por sí sola el alcance de su capacidad.

Ejemplo cotidiano

Cuando Lucía queda bajo tutela, conserva la misma capacidad legal que tendría como menor bajo patria potestad.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.