Código Civil
Artículo 457: Autorización al menor para trabajar
Ver todos los artículosEl menor capaz de discernimiento puede ser autorizado por sus padres para dedicarse a un trabajo, ocupación, industria u oficio. En este caso, puede practicar los actos que requiera el ejercicio regular de tal actividad, administrar los bienes que se le hubiese dejado con dicho objeto o que adquiera como producto de aquella actividad, usufructuarlos o disponer de ellos. La autorización puede ser revocada por razones justificadas.
El menor capaz de discernimiento puede trabajar con autorización de sus padres y realizar los actos necesarios para esa actividad. También puede administrar, usar y disponer de los bienes recibidos para trabajar o obtenidos con su trabajo; sus padres pueden revocar la autorización por razones justificadas.
Rosa autoriza a su hijo Diego, capaz de discernir, a trabajar en una bodega y administrar el dinero que obtiene, pero puede revocar el permiso por una razón justificada.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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