Código Civil
Artículo 425: Bienes excluidos de la administración legal
Ver todos los artículosEstán excluidos de la administración legal los bienes donados o dejados en testamento a los hijos, bajo la condición de que sus padres no los administren; y los adquiridos por los hijos por su trabajo, profesión o industria ejercidos con el asentimiento de sus padres o entregados a ellos para que ejerzan dichas actividades.
Los padres no administran los bienes donados o dejados en testamento a sus hijos cuando la donación o el testamento así lo establece. Tampoco administran los bienes que los hijos obtienen mediante su trabajo, profesión o industria con autorización de sus padres, ni los que reciben para ejercer esas actividades.
La abuela de Rosa le deja una casa indicando que sus padres no la administrarán, y Rosa conserva su gestión.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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