Código Civil
Artículo 400: Plazo para negar el reconocimiento
Ver todos los artículosEl plazo para negar el reconocimiento es de noventa días, a partir de aquel en que se tuvo conocimiento del acto.
La persona que quiera negar un reconocimiento tiene noventa días para hacerlo. El plazo comienza a contar desde el día en que conoció ese acto.
Rosa supo del reconocimiento el 1 de marzo y puede negarlo dentro de los noventa días siguientes.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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