Código Civil
Artículo 360: Continuidad de los deberes religiosos
Ver todos los artículosLas disposiciones de la ley sobre el divorcio y la separación de cuerpos no se extienden más allá de sus efectos civiles y dejan íntegros los deberes que la religión impone. Sociedad Paterno-Filial Filiación Matrimonial Hijos Matrimoniales
El divorcio y la separación de cuerpos producen únicamente efectos civiles. Estas decisiones no eliminan ni modifican los deberes que la religión impone a las personas.
José y Ana se divorcian civilmente, pero José mantiene los deberes que su religión le impone.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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