Código Civil
Artículo 36: Domicilio conyugal
Ver todos los artículosEl domicilio conyugal es aquel en el cual los cónyuges viven de consuno o, en su defecto, el último que compartieron.
El domicilio conyugal es la vivienda donde los esposos viven juntos. Si ya no viven juntos, se considera domicilio conyugal el último lugar que compartieron.
María y José se separaron después de vivir en Arequipa; por eso, ese último hogar compartido es su domicilio conyugal.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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