Código Civil
Artículo 33: Domicilio
Ver todos los artículosEl domicilio se constituye por la residencia habitual de la persona en un lugar.
Una persona establece su domicilio en el lugar donde reside habitualmente. Por tanto, la residencia habitual determina cuál es su domicilio.
Rosa vive habitualmente en Arequipa, por lo que ese lugar constituye su domicilio.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
MiCódigo.pe