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Código Civil

Artículo 32: Protección jurídica del seudónimo

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Texto literal del artículo

El seudónimo, cuando adquiere la importancia del nombre, goza de la misma protección jurídica dispensada a éste. Domicilio

Resumen breve

Un seudónimo recibe la misma protección jurídica que el nombre cuando adquiere una importancia comparable. La regla reconoce esa protección únicamente desde que el seudónimo alcanza ese nivel de relevancia.

Ejemplo cotidiano

Rosa usa durante años el seudónimo “La Voz Limeña” y, por su importancia pública, recibe la misma protección legal que su nombre.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.