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Código Civil

Artículo 24: Derecho de la mujer a llevar el apellido del marido

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Texto literal del artículo

La mujer tiene derecho a llevar el apellido del marido agregado al suyo y a conservarlo mientras no contraiga nuevo matrimonio. Cesa tal derecho en caso de divorcio o nulidad de matrimonio. Tratándose de separación de cuerpos, la mujer conserva su derecho a llevar el apellido del marido. En caso de controversia resuelve el juez.

Resumen breve

La mujer puede agregar el apellido de su marido al suyo y conservarlo mientras no contraiga otro matrimonio. El derecho termina con el divorcio o la nulidad; si hay separación de cuerpos, lo conserva, y el juez resuelve cualquier controversia.

Ejemplo cotidiano

Rosa puede usar el apellido de su esposo Juan durante una separación de cuerpos, pero dejará de hacerlo si se divorcian.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.