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Código Civil

Artículo 205: Anulabilidad del acto jurídico por error en el motivo

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Texto literal del artículo

El error en el motivo sólo vicia el acto cuando expresamente se manifiesta como su razón determinante y es aceptado por la otra parte.

Resumen breve

El error sobre el motivo solo vicia el acto (afecta su validez) cuando se declara expresamente que ese motivo fue la razón determinante. Además, la otra parte debe aceptar ese motivo.

Ejemplo cotidiano

Rosa compra un terreno creyendo que podrá abrir una bodega, declara ese motivo decisivo y Juan lo acepta; si era un error, puede viciar el acto.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.