Código Civil
Artículo 2034: Efectos de la omisión de la inscripción
Ver todos los artículosLa falta de inscripción del acto en el lugar donde debió hacerse, motiva que aquél no afecte a terceros que celebren contratos onerosos y con buena fe en dicho lugar. (*) El texto original de este artículo fue derogado por la séptima disposición final de la Ley N° 26497 publicada el 12 de julio de 1995 y posteriormente fue incorporado por el artículo 1 de la Ley Nº 26589, publicada el 18 de abril de 1996.
La disposición original de este artículo ya no está vigente. La derogó la séptima disposición final de la Ley N.° 26497, publicada el 12 de julio de 1995.
Cuando estaba vigente, Rosa omitió inscribir una transferencia inmobiliaria; Carlos, comprador oneroso y de buena fe en ese lugar, no quedó afectado por ella.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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