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Código Civil

Artículo 1972: Irresponsabilidad por caso fortuito o fuerza mayor

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Texto literal del artículo

En los casos del artículo 1970, el autor no está obligado a la reparación cuando el daño fue consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, de hecho determinante de tercero o de la imprudencia de quien padece el daño.

Resumen breve

En los casos previstos por el artículo 1970, el autor no tiene que reparar el daño cuando este fue causado por un caso fortuito o fuerza mayor, por un hecho determinante de otra persona o por la imprudencia de quien sufrió el daño. En esas situaciones, desaparece la obligación de repararlo.

Ejemplo cotidiano

Aunque la actividad de José produjo un daño a Rosa, José no debe repararlo si una fuerza mayor fue la causa.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.