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Código Civil

Artículo 1888: Beneficio de excusión del subfiador

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Texto literal del artículo

El subfiador goza del beneficio de excusión, tanto respecto del fiador como del deudor.

Resumen breve

El subfiador puede exigir que primero se cobre al fiador y al deudor principal antes de reclamarle a él. Este derecho de excusión (cobro previo) puede hacerlo valer frente a ambos.

Ejemplo cotidiano

Pedro, como subfiador, puede pedir que el acreedor cobre primero a Luis, deudor, y a Juan, fiador, antes de exigirle el pago.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.