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Código Civil

Artículo 1842: Obligación de devolver el bien sustituto

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Texto literal del artículo

El depositario que pierde sin culpa el bien y recibe otro en su lugar, está obligado a entregarlo al depositante.

Resumen breve

Si el depositario pierde el bien sin tener culpa y recibe otro en reemplazo, debe entregárselo al depositante. La obligación recae sobre quien tenía el bien bajo depósito, aunque la pérdida no haya sido causada por él.

Ejemplo cotidiano

A Rosa le entregaron una bicicleta sustituta después de que Pedro perdió sin culpa la que ella había dejado en depósito; Pedro debe devolvérsela.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.