Código Civil
Artículo 1832: Depósito a plazo indeterminado
Ver todos los artículosSi en el contrato no se hubiere fijado plazo, el depositario puede efectuar la restitución del bien en cualquier momento, siempre que le avise al depositante con prudente anticipación para que lo reciba.
Cuando el contrato de depósito no establece un plazo, el depositario puede devolver el bien en cualquier momento. Antes debe avisar al depositante con prudente anticipación para que pueda recibirlo.
Luis guarda una bicicleta de Ana sin plazo acordado y decide devolverla, pero primero le avisa con anticipación para que ella la recoja.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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