Código Civil
Artículo 1779: Aceptación tácita de la obra
Ver todos los artículosSe entiende aceptada la obra, si el comitente la recibe sin reserva, aun cuando no se haya procedido a su verificación.
La obra se considera aceptada cuando el comitente (quien la encarga) la recibe sin hacer ninguna reserva o reparo. Esto ocurre incluso si todavía no se ha verificado la obra.
Rosa recibe la remodelación de su cocina sin formular reparos, por lo que se considera que aceptó la obra aunque aún no la haya revisado.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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